Despido improcedente
La empresa no justifica o no acredita la causa. Da derecho a readmisión o a indemnización de 33 días por año trabajado (con topes según antigüedad).
Si te han despedido, tienes solo 20 días hábiles para reaccionar. Analizamos la legalidad de tu despido y diseñamos la estrategia para conseguir la readmisión o la máxima indemnización.
Estudiamos tu carta de despido y tu contrato para determinar si el despido es procedente, improcedente o nulo.
Te defendemos frente a despidos disciplinarios, objetivos, colectivos y por causas empresariales, así como frente a sanciones y modificaciones de condiciones. Calculamos la indemnización que realmente te corresponde y te representamos en la conciliación previa y en el juicio ante el Juzgado de lo Social.
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) contados desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad: si lo dejas pasar, pierdes el derecho a reclamar. Por eso, ante un despido, lo primero es no firmar la carta como «conforme» (firma solo «recibí») y contactar cuanto antes con un abogado.
La empresa no justifica o no acredita la causa. Da derecho a readmisión o a indemnización de 33 días por año trabajado (con topes según antigüedad).
Vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas (embarazo, conciliación, represalia). Obliga a la readmisión con abono de los salarios de tramitación.
Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Revisamos que la causa sea real y que la indemnización y el preaviso sean correctos.
Por un supuesto incumplimiento del trabajador. La empresa debe probar los hechos en juicio; sin audiencia previa puede declararse improcedente.
Estudiamos la carta de despido, el contrato y tus nóminas para valorar la calificación del despido y cuantificar la indemnización.
Presentamos la papeleta ante el CMAC dentro de plazo e intentamos un acuerdo económico ventajoso sin llegar a juicio.
Si no hay acuerdo, interponemos la demanda y te representamos en el juicio ante el Juzgado de lo Social de Barcelona.
Reclamamos el cobro efectivo de la indemnización o los salarios de tramitación reconocidos en la sentencia.
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha del despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Es un plazo de caducidad, así que conviene actuar cuanto antes.
El plazo para impugnar es de 20 días hábiles. Si la empresa alega hechos disciplinarios, deberá probarlos en el juicio, y no es sencillo. Además, el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT y la jurisprudencia del Tribunal Supremo obligan a dar audiencia previa al trabajador antes del despido disciplinario; si la empresa no la realiza, el despido puede declararse improcedente.
Sí pueden despedirte, pero no por el hecho de estar de baja. Si el despido es discriminatorio o injustificado, podrías tener derecho a una indemnización o incluso a la nulidad del despido, con readmisión obligatoria.
Con carácter general, la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado (45 días por año para el tiempo anterior a febrero de 2012), con los límites legales. La cifra exacta depende de tu antigüedad y salario, que calculamos en la consulta.
No firmes la carta como "conforme": firma solo "recibí" para acreditar la fecha. Guarda toda la documentación (carta, contrato y nóminas) y consulta con un abogado dentro de los 20 días hábiles para impugnarlo.
Salarios, finiquitos y horas extra impagadas por la empresa.
Grados de incapacidad y reclamaciones ante el INSS.
Analizamos tu carta de despido y te digo qué opciones tienes y qué indemnización te corresponde. La primera consulta cuesta 100 € + IVA y su importe se descuenta del presupuesto si decides contratar.
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